EL DERECHO DE TANTO

Protección jurídica inmobiliaria

La protección inmobiliaria jurídica no debería ser una preocupación exclusiva de los arrendadores de inmuebles, por el contrario, también debería importarle a la contraparte: a los arrendatarios de los inmuebles. El derecho de tanto ejemplifica una de las razones más poderosas del por qué el inquilino también debería solicitar que siempre exista un contrato de arrendamiento vigente y actualizado.

La definición de derecho de tanto la encontramos en el marco jurídico inmobiliario. Haciendo un zoom en la industria inmobiliaria de arrendamiento, se refiere a la capacidad del inquilino de exigir a un arrendador que le venda el inmueble, que estuvo rentando, por el mismo precio al que se lo vendería a un tercero.

El Código Civil confiere al arrendatario de un inmueble destinado a habitación el derecho de tanto siempre y cuando e inquilino esté al corriente en los pagos de arriendo. Por ello, contar con la protección inmobiliaria jurídica a través de un contrato de arrendamiento cobra mucho más sentido volviéndose una necesidad ambivalente y no unilateral.

Para que el derecho de tanto surta efecto el inquilino debe dar conocimiento al arrendador de forma indubitable, especificando las características de compra y monto a pagar. La naturaleza del jurídico inmobiliario establece que el arrendador tiene a su vez quince días para dar respuesta también indubitable de ejercer su derecho de tanto por la oferta, de no hacerlo su derecho precluyerá.

Los notarios púbicos también tienen un papel muy importante en derecho de tanto pues deben cerciorarse de que se haya aplicado cabalmente, ellos también forman parte de una protección jurídica inmobiliaria, aunque de forma externa pues de no cuidar este tema y si el arrendatario se da cuenta de que se celebró una compraventa ante notaría pública, misma que violentó su derecho de tanto, entonces se proclamará nula de pleno derecho. El arrendatario solo tiene seis meses antes de que su derecho de tanto prescriba y poder ejercer su derecho de tanto.

Por lo tanto, contar con una protección jurídica inmobiliaria respaldada por un despacho jurídico confiable y asertivo se vuelve una necesidad más que un lujo. Pues más que un gasto, una cobertura jurídica de arrendamiento viene acompañada de un blindaje tanto para el arrendador, como para el arrendatario. Por ello, estamos observando diariamente cómo los profesionales inmobiliarios están enfocando sus esfuerzos de capacitación en elementos claves que antes estaban descuidados por dan por sentado que una buena consejería, un buen acompañamiento al cliente y una atención personalizada les dan una ventaja competitiva ante sus pares.

La protección jurídica inmobiliaria la puedes encontrar en despachos jurídicos especializados en materia jurídico inmobiliaria, en agentes profesionales bien institucionalizados, en inmobiliarias con un despacho jurídico propio, en empresas especializadas en dar seguros de arrendamiento, en corporaciones de renta segura, entre otras.

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